Ley del ISR, artículo 28, fracción XXXII (vigente: 30% de la utilidad fiscal ajustada). Dictamen de reforma aprobado en lo general por el pleno de la Cámara de Diputados el 13 de octubre de 2026 (348 votos a favor, 118 en contra); faltan las reservas, el Senado y su publicación.
Desde enero, una parte de los intereses que paga su empresa podría dejar de ser deducible.
Anoche la Cámara de Diputados aprobó en lo general la reforma a la Ley del ISR, con trescientos cuarenta y ocho votos a favor y ciento dieciocho en contra. Hoy vota las reservas; después pasa al Senado.
Entre todo lo que cambia hay una pieza de la que casi no se habla: el artículo 28, fracción XXXII.
Hoy esa fracción permite deducir los intereses netos hasta el treinta por ciento de la utilidad fiscal ajustada. La reforma lo baja a veinte por ciento.
El límite sólo alcanza a los intereses netos que rebasan veinte millones de pesos al año. Quien paga menos no lo resiente. Quien financió una expansión, un desarrollo o un inventario grande con crédito, sí.
Lo que no se deduce en el año no se pierde de inmediato: se arrastra a ejercicios siguientes. Pero el impuesto se paga ahora y la deducción llega después.
Y llega en mal momento. El CETE a veintiocho días subió ayer a seis punto veinticinco por ciento y la inflación de Estados Unidos acaba de repuntar. El dinero no se está abaratando.
Antes de renovar una línea o firmar un crédito para el año que viene, pida a finanzas una cuenta sencilla: intereses netos esperados contra el veinte por ciento de la utilidad fiscal ajustada.
Todavía es dictamen. Pero ya tiene el voto en lo general de la cámara de origen.
¿Sabe cuánto pagará su empresa de intereses en dos mil veintisiete, y qué parte dejaría de deducir?
Esta sección tiene fines informativos y no constituye asesoría fiscal, legal ni contable. Cada caso debe analizarse conforme a la normativa vigente y a las circunstancias particulares de la empresa. Smythe & Asociados queda a sus órdenes para revisar su situación específica.
Si quiere saber qué parte de los intereses de su empresa dejaría de deducir con el límite de 20%, escríbanos: lo calculamos con gusto.