Fiscal · Lo que cambia para su empresa

Su proveedor o su cliente está en la lista 69-B: qué pasa y qué hacer

El SAT publicó hoy en el Diario Oficial a 171 contribuyentes con presunción de operaciones inexistentes, 9 de ellos notificados en Jalisco. Qué significa si uno le vende o le compra, qué hacer desde hoy y qué consecuencias tiene.

Publicado el 23 de octubre de 2026 · Teresa Smythe, L.C.P.

Código Fiscal de la Federación, artículos 69-B, 17-H Bis, fracción V, y 113 Bis; oficio 500-05-00-00-00-2026-24732 del SAT, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de octubre de 2026.

Hoy el SAT publicó ciento setenta y un nombres. Si uno es su proveedor o su cliente, esto es lo que sigue.

Ayer el tema fue la pensión que su gente ya no podrá subir después. Hoy es la factura que puede dejar de valer.

La lista del Diario Oficial es de presunción, no definitiva. El SAT presume que esos contribuyentes facturaron sin activos, personal ni capacidad para hacerlo.

Tienen quince días hábiles para desvirtuarlo, y cinco más si piden prórroga.

Si es su proveedor, hoy su factura todavía vale. Pero el reloj ya empezó.

Reúna desde hoy la prueba de que la compra existió: contrato, órdenes, entregas, fotos, pagos por banco. La factura sola no prueba nada.

No le haga pagos nuevos ni le acepte facturas nuevas mientras se aclara.

Si llega a la lista definitiva, sus facturas dejan de surtir efecto fiscal, también hacia atrás. Usted tendrá treinta días para demostrar que la operación existió o para corregirse con declaraciones complementarias.

Si no lo hace, el SAT puede determinar el impuesto omitido, restringir sus sellos digitales conforme al artículo 17-H Bis y tratar la operación como simulada. El artículo 113 Bis castiga con dos a nueve años de prisión a quien adquiere facturas de operaciones inexistentes.

Si es su cliente, sus facturas de venta no se caen. El ingreso es suyo y lo sigue declarando.

El riesgo es otro: cobrar, y quedar dentro de una cadena que el SAT está revisando. Documente la entrega y cobre por banco.

La lista completa, tal como la publicó el Diario Oficial, está aquí: descargar el PDF (23 páginas).

¿Ya revisó si alguno de los ciento setenta y uno le vende o le compra?

Esta sección tiene fines informativos y no constituye asesoría fiscal, legal ni contable. Cada caso debe analizarse conforme a la normativa vigente y a las circunstancias particulares de la empresa. Smythe & Asociados queda a sus órdenes para revisar su situación específica.

Si quiere que revisemos si alguno de sus proveedores o clientes aparece en las listas del artículo 69-B y qué evidencia conviene reunir, escríbanos: lo revisamos con gusto.